Gestión Ambiental de los Ecosistemas de Manglar. Autor: David Fernando Valerdi Ramírez.
El crecimiento de la presión de los desarrollos urbanos y la sobreexplotación de los recursos, unidos al cambio climático y al aumento del nivel del mar, han hecho urgente la necesidad de gestionar adecuadamente los ecosistemas costeros.
La normatividad constituye el marco de referencias a partir del cual deben desarrollarse las diferentes intervenciones sobre los ecosistemas de manglar y, por tanto, su conocimiento es un pilar fundamental para el gestor ambiental.
En cuanto a las estrategias de manejo implementadas, estas dependen principalmente del estado del ecosistema y de los objetivos de manejo que se persigan. A partir de la información analizada, puede afirmarse que la restauración es la estrategia de manejo más ampliamente tratada, seguida por las prácticas orientadas hacia un manejo sostenible y finalmente por la conservación.
Algunos de los acuerdos más relevantes para la gestión y conservación de los manglares a nivel global son: Convención de Ramsar sobre los Humedales en Irán, 1975; Convención de Ramsarsobre los Humedales en Irán, 1975; Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres CITES en Washington, 1973; Convenio sobre la Diversidad Biológica en Río de Janeiro, 1992; Convenio para la Protección y Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe en Colombia, 1986; Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste en Lima, 1981; Convención sobre Cambio Climático en Nueva York, 1992; y Protocolo de Kioto en Kyoto, 1998.
Además, existen normas ambientales, como la NOM-060-SEMARNTA-1994, que establece especificaciones para mitigar los efectos del aprovechamiento forestal en los suelos y cuerpos de agua.
El artículo 4 de la CPEUM estable que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano.
EJEMPLOS:
La principal preocupación sobre le desarrollo en Tajamar es el incumpliendo de las condiciones de la autorización. La SEMARNAT obligo al titular de la autorización a presentar un programa de rescate de vegetación y traslado de fauno como paso previo al inicio de obras. No obstante, especies de fauna protegidas por la legislación mexicana y la Norma Oficial Mexicana de especies en riego o peligro de extinción, como los cocodrilos, estaba presentes cuando comenzó el desmonte del manglar, lo cual provocó la muerte.
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